Archivo de la categoría: Comunicados

COMUNICADO N° 2021 – 09 | BUSCAR LA UNIÓN Y DEJAR LAS CONFRONTACIONES

Estimados asociados: 

Ha llegado el momento de buscar la unión y dejar las confrontaciones.

Invocamos, entonces a no seguir dilatando el proceso eleccionario. Hay que dar prioridad y respeto a los asociados para que puedan ejercer su derecho a voto y pronta elección de sus autoridades. Ellos y la marcha de la Asociación lo reclaman.

En tal sentido, proponemos realizar un urgente acuerdo con el Comité electoral para pronta elección de la nueva Junta Directiva, considerando los siguientes puntos:

  1. Convocar a Elecciones (4ta convocatoria), con el mismo texto y horario de la anterior, para el sábado 30 de enero de 2021.
  2. La Junta Directiva será elegida por 2 años calendarios, desde la fecha de su elección (Art. 23 del Estatuto).
  3. Que el proveedor realice una demostración que garantice que la plataforma electoral por internet está operando correctamente. Proponemos el 27 de enero y que estén presentes un representante del Comité Electoral, otro de la Junta Directiva y los candidatos a presidentes de las listas No. 1 y 2.
  4. Padrón Electoral. El certificado por Notario Público el 13 de enero, que se incorporó a la plataforma de votación del fallido acto eleccionario del 16 de enero pasado. El artículo 8 inc g) del Estatuto establece que los asociados que se  encuentren al día en sus cotizaciones tienen el derecho de elegir y ser elegidos.
  5. Acordar normas escritas estrictas para mantener un protocolo de bioseguridad y de comportamiento  durante la votación, tanto de asociados como de candidatos.

La Junta directiva invita al Comité Electoral a un Zoom el día 25  de enero a las 6.pm (u otra hora a coordinar).

La Carta del Comité Electoral del 21 de diciembre de 2020 indicóEs responsabilidad de la Junta Directiva llevar en orden el padrón de asociados a cargo del secretario y tesorero, bajo la cautela del Presidente de la Junta Directiva (Art. 30, literal d) y 31 literal e) del Estatuto, y.garantía del derecho de voto de los asociados, por tanto debe asegurarse que el 100% de los asociados ejerzan efectivamente su derecho a voto.

Sila finalidad de la reapertura del padrón con la tercera convocatoria a elecciones era que la mayoría, lo más cercana al 100%, pudiera ejercer su derecho a voto, no hay ningún motivo válido para interpretar que 46 asociados hábiles sean retirados del padrón legalizado que se incorporó a la plataforma en la fallida votación del 16 de enero. Todos los que figuran en el mismo están hábiles, pudieron actualizar sus datos y cumplen con haber realizado sus pagos al 30 de noviembre de 2020, antes del cierre del padrón el 12 de enero de 2021.

Reiteramos formalmente al Comité Electoral que acepte el derecho a votos de todos  los  asociados, en particular los 46 asociados que se ha propuesto eliminar.

Con la mayor cordialidad saludamos a los asociados con la esperanza, fe y nuestra reiterada disposición de dialogo, para que pronto tengamos nuevas autoridades de nuestra querida Asociación. Ustedes tienen el derecho de decidir.

JUNTA DIRECTIVA
Santa María del Mar, 24 de enero de 2021

COMUNICADO N° 2021 – 08 | EMPADRONAMIENTO SEDAPAL

Estimados asociados:  

SEDAPAL dada la  emergencia sanitaria no podrá venir a empadronar a nuestro Distrito, por tal motivo, la APSMM se está haciendo cargo de recibir la documentación requerida por SEDAPAL, solo en la sede técnica de Santa María del Mar por estar menos expuestos, al encontrarse al aire libre.

Se recibirán los documentos la semana entrante en el siguiente horario:

Martes, miércoles,  jueves y  viernes: De 9.00 am a 12.00 pm y de 2.30 a 4.30pm.

En caso de no poder asistir personalmente, podrá remitir sus documentos impresos con un representante o mensajero. Se les hará  llenar una pequeña cartilla con sus datos, con cargo.

Les recordamos que los documentos solicitados por SEDAPAL son: copia del DNl del titular y de la partida literal del inmueble o contrato de compra venta o testimonio de escritura pública; no se aceptarán otros documentos.

Personas de otros distritos e incluso Villa Mercedes se han quedado fuera del proyecto por no haberse empadronado ni firmado contrato, es por eso que estamos apoyando como APSMM.

​JUNTA DIRECTIVA
Santa María del Mar, 24 de enero de 2021

Comunicado N° 2021 – 07 | Convocatoria a prontas elecciones

Estimados asociados:  

Nos dirigimos a ustedes y al Comité Electoral, con la mayor cordialidad con la finalidad  de tener elecciones lo más pronto posible y los asociados puedan ejercer su derecho a voto y elegir una nueva Junta Directiva.

El día 21 de enero se publicaron dos documentos de muy distinto tono y expresión: 

  1. Carta  No. 2021-06/APSMM: Propuesta para pronta elección de una nueva  Junta Directiva,  dirigida  al Comité Electoral, indicando “esta es una comunicación formal para encontrar soluciones conjuntas”, con la propuesta de una reunión por zoom el viernes 22 de enero (hoy),  a fin llegar a los acuerdos necesarios para convocar a elecciones para el 30 de enero de 2021.
    Nuestra Carta No. 2021-01/APSMM del día 18 con una propuesta para reunirnos al dia siguiente. Que no fue aceptada.
    El día 20  invocamos  a los miembros del  Comité Electoral a una reflexión conjunta muy profunda, porque hay que regresar la calma y la cordialidad a Santa María. Los asociados se están viendo privados de ejercer su derecho a voto y la Asociación requiere tener nuevas autoridades.
    La Junta Directiva mantiene la voluntad de diálogo. Ninguna de las instituciones del Estatuto puede realizar elecciones sola.  
  2. Comunicado No. 07 del Comité Electoral, donde concluye anunciando su decisión de tomar el control del proceso electoral (que siempre lo tuvo). Argumenta en definir como interferencias y “casi nulo” apoyo de la Junta Directiva; asimismo, afirma que recibieron “un nuevo padrón. Estas tres afirmaciones merecen ser aclaradas:  

Apoyo de la Junta Directiva: 
Desde el principio  se ha otorgado al Comité Electoral todas las posibles facilidades:
a) Acceso exclusivo de los medios de información de la Asociación (correos masivos y WA Informativo). Recién el 18 de Enero ante el “fuego cruzado” (por un lado la oposición y por el otro los reiterados comunicados con  críticas del Comité Electoral) se decidió utilizar los medios informativos que esta Junta Directiva ha creado para dar mensajes de conciliación, pedir el diálogo y propuesta de elecciones, lo más pronto posible.
b) Contrato de una plataforma de votación por internet no presencial para facilitar el trabajo del Comité Electoral. Evaluación y decisión conjunta antes de la firma del contrato y un convenio de confidencialidad.
c) Comunicación directa con la Administradora de la asociación para publicaciones y diversos pedidos de información (algunos bien detallados).
d) El Comité Electoral solicitó exclusividad en el control y supervisión de la labor de preparación de la plataforma digital. La Junta Directiva lo comunicó a ASIX SA y el Comité Electoral fue el único interlocutor, salvo una  breve reunión por Zoom, ya conocida del 14 de diciembre. Desde esa fecha hasta la elección fallida del 16 de enero, únicamente e representante del Comité Electoral mantuvo el contacto con ASIX.
e) La contratación de asesor legal seleccionado por el Comité Electoral, con  cargo a  la Asociación.
Nadie puede dudar de que hemos apoyado la labor del Comité Electoral.
Interferencias de la Junta Directiva:

Los puntos de vista diferentes sobre determinados temas y competencias estatutarias  no pueden considerarse  como interferencias.
Reiteramos «la Junta Directiva y el Comité Electoral, son dos entidades del Estatuto que tienen funciones específicas, que deben respetarse mutuamente. Cuando son complementarias, ninguna de las dos puede prevalecer sobre la otra. Ha llegado el momento de buscar la unión, dejar las confrontaciones. Invocamos, entonces a dar prioridad y respeto de los asociados para que puedan ejercer su derecho a voto y pronta elección  de  sus autoridades. Ellos  y la  marcha de la Asociación lo reclaman  (carta del 20 de enero)».
Padrón de Asociados:
“Es responsabilidad de la Junta Directiva llevar en orden el padrón a cargo del secretario y tesorero, bajo la cautela del Presidente de la Junta Directiva (Art. 30, literal d) y 31 literal e) del Estatuto, y…. garantía del derecho de voto de los asociados…, por tanto debe asegurarse que el 100% de los asociados ejerzan efectivamente su derecho a voto” (Carta del Comité Electoral del 21 de diciembre de 2020).
El Padrón es dinámico y va cambiando permanentemente, sobre todo cuando se acordó reabrirlo en la tercera convocatoria a elecciones. La administración implementó un sistema de recolección de datos por internet y calificó a los asociados hábiles (sin deuda) como es su función (Comunicados No.1-2020 del 28 de diciembre, reiterado el 6 de enero).
El Comité Electoral NO RECIBIÓ UN “NUEVO PADRÓN”, sino el padrón de asociados con  los datos que fueron actualizados y los pagos al día al 30 de noviembre antes de  la fecha de cierre  del  padrón el martes 12 de enero 2021.
La Junta  Directiva respalda firmemente a su administración porque si la finalidad de la reapertura del padrón era que la mayoría, lo más cercana al 100%, pudiera ejercer su derecho a voto, no se puede interpretar que 46 asociados hábiles sean retirados del padrón.     
Reiteramos formalmente al Comité Electoral que acepte el derecho a votos de todos los asociados del Padrón cerrado el 12 de enero, en particular estos 46 asociados.

Cabe aclarar que los  miembros de la Junta Directiva no participaron en la revisión del padrón, por guardar el cumplimiento Ley de Protección de Datos Personales del año 2013, que dispone que no se puede divulgar sin autorización de cada interesado.
Respecto al trabajo de revisión conjunta del padrón, este fue revisado en las oficinas de la Asociación por el presidente del Comité  Electoral, en  prolongada reunión de trabajo con la administradora, lo cual permitió la legalización del notario público.                
El 17  de diciembre 2020 y el 14 de enero el Comité Electoral recibió el Padrón de Asociados bajo cargo y firma de confidencialidad de la información, responsabilidad de cuidado y adecuada conservación de dichos documentos, y el impedimento de que accedan tercero (Ley No 29733 y su reglamento D. S. N0 003-2013-JUS).
Extraña entonces, que el Comité Electoral informe que procederá a depurarlo. 
Es entonces indispensable precisar la funciones de dirección de la Junta Directiva (Art. 23) que le permite velar por el Estatuto e interpretarlo (Art. 25 inc j); que es atribución del presidente cautelar el Padrón de Asociados (Art. 30 inc d) y que el responsable de llevarlo es el secretario con apoyo del tesorero.    
Reflexión final:
Los miembros de la Junta Directiva no vamos a permitir que se siga distorsionando los hechos, ni que se ponga en tela de juicio nuestras competencias y probidad moral. Nuestra vocación de conciliar y buscar solución pronta a esta crisis, no descarta que utilicemos otros medios legales.
Ha llegado el momento de buscar la unión y dejar las confrontaciones. Invocamos, entonces a dar prioridad y respeto a los asociados para que puedan ejercer su derecho a voto y pronta elección de sus autoridades. Ellos y la marcha de la Asociación lo reclaman (nuestra carta del 20 de enero).
Con la mayor cordialidad saludamos a los asociados con la esperanza, fe y nuestra disposición para que pronto tengamos nuevas autoridades de nuestra querida Asociación, elecciones donde ustedes decidan.

​JUNTA DIRECTIVA
Santa María del Mar, 22 de enero de 2021

Respuesta a Carta N° 2021-01 Propuesta de Solución Crisis Electoral

Santa María del Mar, 19 de enero del 2021

Señor
Ricardo Juan Trovarelli Vecchio
Presidente de Junta Directiva
Asociación de Propietarios del
Distrito de Santa María del Mar
Presente. –

Ref.: Su carta del 18 de los corrientes.

De nuestra consideración:

Como cuestión previa, debe quedar expresamente definida la responsabilidad de la empresa Asix S.A. (Asix Online) por el incumplimiento en la prestación del servicio contratado; lo que ha admitido con su carta del 16 de enero de 2021, en la que reconocen la responsabilidad por la no activación de la plataforma virtual, debido a dos causas: a) el haber agregado “una nueva funcionalidad de seguridad que no había sido probada por el Comité Electoral el día 11 de enero del 2021, fecha en que se aprobó por el comité Electoral la funcionalidad de la plataforma, que por error involuntario deshabilitaba el botón de inicio de la plataforma de votación virtual”; y, b) la demora de su personal técnico para resolver el problema de operatividad de la plataforma desde las 9:30 am (hora de inicio de la votación) hasta las 11:20 am del día sábado 16 de enero de 2021, en que afirman recien haberla puesto en funcionamiento. Por dicho motivo, los miembros del Comité Electoral recibimos constantes llamados telefónicos de asociados informando su imposibilidad de emitir su voto y exigiendo una explicación, que en ese momento no se pudo brindar. Ante la incertidumbre generada por la falta de respuesta técnica oportuna de la empresa Asix S.A (Asix Online), siendo las 11:00 aproximadamente el Comité Electoral acordó suspender la Asamblea General Extraordinaria de Asociados pues no existían garantías minimas que permitieran asegurar que todos los asociados efectivamente emitirían su voto.

Asimismo, y toda vez que es usted quien evoca la suspensión de la Asamblea General Extraordinaria de Asociados que fuera convocada para el 20 de diciembre de 2020, es igualmente necesario dejar constancia que ello se produce por no contarse con un Padrón Electoral de Asociados con la información completa y correcta que asegure su derecho a votar; lo que es de exclusiva responsabilidad estatutaria de la Junta Directiva que preside. Se vuelve a reiterar, que el Comité Electoral tiene la responsabilidad de asegurar que la totalidad de asociados emitan su voto.

Identificadas las responsabilidades causantes de lo que usted denomina “crisis electoral” y “extensa campaña electoral sin precedentes”, ello no es un impedimento para la continuidad de la marcha institucional en la medida que el artículo 23° del Estatuto tiene previsto que: “En tanto no se elija a la nueva Junta Directiva, la anterior seguirá ejerciendo sus funciones hasta la asunción del cargo por los nuevos miembros”.

De otro lado, le recordamos que conforme al acuerdo conjunto del Comité Electoral y la Junta Directiva, que fuera comunicado a los asociados, el Padrón Electoral con derecho a voto al 30 de noviembre de 2020 sería objeto de depuración conjunta, completando y actualizando datos faltantes necesarios para ejercer el voto, es el caso de los correos electrónicos y números celulares; y, que luego de aprobado conjuntamente, al amparo del artículo 35° del Estatuto, recién enviarlo al Notario para su legalización y a la empresa Asix S.A. (Asix Online) para su implementación en la plataforma. Por tanto, el referido Padrón Electoral de Asociados es el válido para el presente proceso electoral. No obstante, la Junta Directiva de manera unilateral decidió legalizar notarialmente un Padrón Electoral de Asociados al …. de diciembre de 2020 y lo remitió directamente a la referida empresa, sin conocimiento del Comité Electoral; como expresamente lo reconoce en la carta bajo comentario.

Es por ese proceder arbitrario de la Junta Directiva, que el Comité Electoral decide revisar el Padrón de Asociados remitido, constatando la existencia de asociados fallecidos, asociados que se repite dos veces con diferente código y 46 asociados que al 30 de noviembre de 2020 no estaban al día en sus pagos y por lo tanto no figuraban en el Padrón Electoral a completar. Ante ello, el Comité Electoral se dirige primero a la Administración de la Asociación, en la persona de Glenis Aliendres, solicitando el retiro de dichos asociados; haciendo caso omiso al pedido. Posteriormente, el Comité Electoral encargó al señor Carlos Durand Chahud que solicite a la empresa Asix S.A. (Asix Online) que retire a dichos asociados y emitió el Comunicado N°04-2020 del 15 de enero de 2021, informando a la membresía que el Padrón de Asociados con derecho a voto es el correspondiente al 30 de noviembre de 2020. Sin embargo, también la empresa Asix S.A. (Asix Online) no accedió a dicho pedido, pues exigía que lo realice la Junta Directiva y por vía notarial. Por eso, si de determinar responsabilidades se trata, es evidente que la Junta Directiva incumplió el acuerdo conjunto y procedió de manera unilateral y arbitraria a modificar el Padrón Electoral de Asociados con derecho a voto al 30 de noviembre de 2020; lo que, de conformidad con el artículo 35° del Estatuto, es una intromisión en la organización y control del proceso electoral que es de competencia exclusiva del Comité Electoral.

Finalmente, y respecto a la carta de la empresa Asix S.A. (Asix Online) de fecha 18 de enero de 2021, el Comité Electoral deja constancia que fue a pedido de la mencionada empresa que se solicitó al señor Carlos Durand Chahud el correo electrónico de la persona que iniciará el acto electoral, en ese sentido se les envío el email del presidente del Comité Electoral, señor David Marsano Navarro, para ser el usuario y la clave de acceso que habilita el botón de inicio de la plataforma para la votación virtual. Por lo mismo, el Comité Electoral desconoce si dicho usuario y clave de acceso que habilita el botón de inicio, permitía además el acceso a la plataforma de votación virtual. Ello no fue explicado al Comité Electoral por la empresa Asix S.A. (Asix Online); y, si realmente lo fuese, ello demuestra la inseguridad de la plataforma por la propia irresponsabilidad de su proveedor.

Por tales consideraciones, el Comité Electoral procederá a proponer la nueva fecha para la realización de la Asamblea General Extraordinaria de Asociados, que evidentemente exige una nueva convocatoria formal de la membresía de acuerdo al Estatuto y la consideración del plazo legal previsto en el Decreto de Urgencia N°146-2020. Sin embargo, consideramos necesario una pericia y/o auditoría de sistemas a la plataforma contratada, para luego de sus resultados, de ser necesario, ajustar las condiciones o buscar la contratación de un nuevo proveedor del servicio de plataforma de votación virtual, en atención a las posibles deficiencias demostradas por la empresa Asix S.A. (Asix Online).

Sin otro particular, quedamos de ustedes.

Atentamente
David Marsano Navarro 
Presidente Comité Electoral

Carlos Durand Chahud
Integrante  Comité Electoral

Viviana Roda …..
Integrante  Comité Electoral

COMUNICADO N° 2021 – 06 EMPADRONAMIENTO PARA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE SEDAPAL

Estimados Asociados:

Con el propósito de continuar con la Fase I del Empadronamiento de los beneficiarios de los servicios de agua y alcantarilla de SEDAPAL, se pondrá a disposición de los asociados la Sede Técnica de las Asociación para la recepción de los documentos requeridos por SEDAPAL para la suscripción del contrato de servicio de saneamiento.

Les agradeceremos presentar la documentación siguiente: 

  1. Copia del DNI del propietario.
  2. Copia de la partida literal del inmueble emitida por Registros Públicos (página donde aparece la dirección y número de departamento), contrato de compra – venta o testimonio de escritura pública.
  3. Contrato adjunto firmado por el propietario.
  4. En el caso de edificios y/o condominios, presentar acta designando un representante para la suscripción del contrato de servicio de saneamiento (se adjunta modelo). 

La documentación antes indicada deberá ser presentada en la Sede Técnica de la APSMM ubicada en Av. Terramar pasando el cruce con Av. Miramar (en dirección a la Municipalidad), en los siguientes horarios: 
 Jueves y viernes:   De 9:00 am a 12:00 pm y de 2:00 pm a 4:30 pm.
Sábados:              De 9:00 am a 12:00 pm.
La recepción de documentación iniciará el jueves 23/01 hasta el sábado 30/01. Se les informará sobre la programación de nuevas fechas para recepción de documentos.

Cabe mencionar que, los documentos solo podrán ser presentada en físico, no es válido el envío por correo electrónico o whatsapp.

Luego de concluido esta etapa de recepción, se hará entrega a SEDAPAL de toda la documentación recaudada con cargo para su revisión.

Saludos cordiales.

JUNTA DIRECTIVA
2018 – 2020

Santa María del Mar, 20 de enero de 2021

ARCHIVOS ADJUNTOS:
Anexo 1: CONTRATO NUEVO APROBADO 31.5.19
Anexo 2: Acta modelo