COMUNICADO N° 2020 – 06

ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

Estimados Asociados:

  • Se suspenden las Elecciones, hasta nuevo aviso.
  • Se postergan las Asambleas Ordinaria y Extraordinaria del 29 de marzo de 2020.
  •  Servicios de agua potable; desagüe y de agua tratada para riego (sujeto a que SEDAPAL opere las PTARs) se prestarán normalmente.

En cumpliendo con el Estado de Emergencia Nacional decretado por el Poder Ejecutivo el día de ayer domingo 15/03/2020, el Comité Electoral ha suspendido las Elecciones que se iban a realizar el 21 de marzo. Asimismo, queda postergadas hasta nuevo aviso las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias convocadas por la APSMM para el día 29 de marzo de 2020, por encontrarse dentro del plazo establecido por dicha medida.

En estricto cumplimiento de las medidas dictadas por el Ejecutivo previendo el contagio y riesgo de propagación del virus del COVID-19, se suspende la atención de la oficina administrativa de la Asociación, hasta nuevo aviso.

El personal técnico de Parca, Pucusana y Santa María trabajará normalmente en horario de invierno. Los servicios de agua potable, desagüe y agua tratada para riego (sujeto a que opere SEDAPAL las PTARS); se estarán prestando con total normalidad en el Distrito. Igualmente, la atención de urgencias y emergencias producto de rupturas de tuberías, entre otros; a cargo del personal técnico de la Asociación.

Agradecemos su comprensión y su apoyo en estas circunstancias excepcionales de emergencia nacional. El bienestar común depende de todos.

Santa María del Mar, 16 de marzo de 2020
LA JUNTA DIRECTIVA
2018-2020

COMUNICADO N° 2020 – 05

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA: 29 DE MARZO 2020
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO

Estimados Asociados:

El próximo domingo 29 de marzo de 2020 a las 11:30 am, se llevará a cabo la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA en el Club Esmeralda, sede central, salón esmeralda, ubicado en Av. Mercedes Flórez de Lercari 255, Mz. B, Lt. 1 – Santa María del Mar.

ÚNICO PUNTO DE AGENDA: MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN.

Se pondrá a consideración la Propuesta de Modificación del Estatuto, que se adjunta.

Esta modificación fue aprobada por unanimidad con quorum legal de 108 votos (12% de los Asociados) en Asamblea General Extraordinaria de mayo de 2019.

Sin embargo, los registradores de SUNARP observaron en dos oportunidades que la Asamblea se llevó a cabo en Miraflores y no en Santa María.

Por tal motivo, solicitamos el apoyo de los Asociados; por lo que, agradeceremos asistir o en caso no ser posible, extender poder al Asociado que crean conveniente para su representación. 

Santa Maria, 03 de marzo de 2020.
LA JUNTA DIRECTIVA
2018-2020


COMUNICADO N° 2020 – 04

CONVOCATORIAS A ASAMBLEAS GENERALES

Estimados Asociados:

El día 27 de febrero de 2020 se publicó en el Diario Correo, en la página 21, los siguientes avisos de convocatorias a las Asamblea Generales que se llevarán a cabo en el Club Esmeralda, sede central, salón esmeralda:

  • 1. ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA – ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA, PERÍODO DE ABRIL DE 2020 A MARZO DE 2022.

FechaSÁBADO 21 DE MARZO DE 2020.
Hora: 9:30 a.m (1° citación), 10:00 a.m (2° citación), 12:00 horas (cierre de la elección).

Comité Electoral:

MIEMBROS TITULARES MIEMBROS ACCESORIOS
GASTÓN ESPEJO ZAVALA (PRESIDENTE) PATRICIO VÁSQUEZ NEMI
ERNESTO MELGAR LOZANO JULIO VARGAS NEUMAN
GABRIEL SEMINARIO DE LA FUENTE EDUARDO FERRERO COSTA

Presentación de Listas

13/02: Ofic. Administrativa de la APSMM, ubicada en Calle Independencia 208, Ofic. 401 – Miraflores, hasta las 6:00 pm.
14/02: Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, ubicado en Av. El Sardinero N° 100 – Santa María del Mar, hasta las 12:00 pm.
Agradeceremos asistir para elegir a nuestras nuevas autoridades.

  • 2. ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.

Fecha: DOMINGO 29 DE MARZO DE 2020.
Hora: 9:30 (1° citación), 10:00 am (2° citación).

Agenda

  1. Memoria de la Asociación del año 2019.
  2. Balance general del ejercicio económico del año 2019 (auditado).
  3. Presupuesto anual de ingresos y egresos para el año 2020.
  4. Otros temas de interés.
  • 3. ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA.

Fecha: DOMINGO, 29 DE MARZO DE 2020
Hora: 11:30 am (1° citación), 12:00 pm (2° citación).

Tema Único: Modificación del Estatuto de la Asociación de Propietarios del Distrito de Santa María del Mar.

  • Se pone a consideración la propuesta de modificación del estatuto, la cual será distribuida a domicilio en el Balneario el fin de semana próximo (06 y 07 de marzo).
  • Esta modificación se aprobó por unanimidad con quorum legal de 108 votos (12% de los Asociados) en Asamblea General Extraordinaria de mayo de 2019.

  • Los registradores de SUNARP observaron en dos oportunidades que la Asamblea se llevó a cabo en Miraflores y no en Santa María.
  • Se solicita el apoyo de los Asociados, por lo que, agradeceremos asistir o en caso no ser posible, extender poder al Asociado que crean conveniente para su representación

Santa Maria, 03 de marzo de 2020
LA JUNTA DIRECTIVA
2018-2020

COMUNICADO N° 2020 – 03

SOLICITUD DE VACANCIA DEL ALCALDE

Estimados Asociados:

Le comunicamos que, al haber tomado conocimiento de la solicitud de vacancia interpuesta por el señor Gerente General de la Empresa TROTAN S.A.C, ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), contra nuestro Alcalde Distrital por haberse firmado con nuestra Asociación (APSMM) el Convenio para la Administración Única de la Distribución de Agua Tratada para Riego que provendrá del Proyecto PROVISUR cuando este comience a operar; la Junta Directiva consideró pertinente que, siendo la Asociación parte vinculante en este Convenio, que tiene una lógica legal, económica y de eficiencia irrefutable; presentara a la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar (MDSMM) un informe, el cual fue aprobado por unanimidad en nuestra sesión del 11/02/2020, y que solicitamos sea leído en la Sesión del Consejo Municipal que se convoque para tratar este tema de acuerdo a Ley y posteriormente se presente copia ante el JNE.

Dicho informe manifiesta lo siguiente:

La solicitud de vacancia presentada pretende presionar al Alcalde y su Consejo Municipal, con la finalidad de ejecutar un complejo de viviendas en el acantilado frente a las Av. Neptuno y Los Faunos, al suroeste del Distrito de SMM. Sobre el tema indicamos:

  1. La Empresa TROTAN NO TIENE NINGÚN TÍTULO (de Propiedad, Usufructo o Concesión) SOBRE EL TERRENO, que le permita construir. En efecto solamente tiene un Acta de Recepción Provisional (No. 0115-20/SBN-DGPE- SDPE de fecha 10/08/2018) mediante la cual “asume la custodia y administración de un predio de 32,724,93 m2”.
    El Acta deja establecido que, ante la desestimación de la pretensión solicitada de usufructo en trámite, y a la sola notificación deberá devolverlo en el plazo máximo de 10 días hábiles.
  2. La APSMM mediante acuerdo aprobado por unanimidad en su Sesión de Junta Directiva 08-2019 del 19/11/2019, desestimó la solicitud de la empresa TROTAN de factibilidad de agua y desagüe de dicho predio, por no tener título de derecho real debidamente inscrito en Registros Públicos, sobre el inmueble de 19,064.74 m2 (denominado Área 1, a que se refiere la solicitud, parte del predio de mayor extensión).
    Al ser la APSMM una Asociación de Propietarios, solo tienen derecho al servicio de agua y desagüe sus Asociados y TROTAN carece de dicho requisito básico y, por tanto, no puede ser Asociado y tampoco solicitar autorización a la Municipalidad para ejecutar la habilitación urbana, motivo de la solicitud a la APSMM. A pesar de ello, en 2018, TROTAN realizó movimientos de tierra, dinamitó el acantilado y desecho rocas al mar.
  3. El motivo de la pretendida vacancia de nuestro Alcalde es el Convenio de Administración de la Dotación de Agua Tratada para Riego que generará el Proyecto PROVISUR, firmado por la MDSMM y la APSMM el 18/03/2019, previa aprobación del Concejo Municipal el 15 de marzo de 2019 (Acta 006 Sesión Ordinaria No.004-2019-MDSMM).
    El acuerdo para suscribir este Convenio fue informado en la Asamblea General Ordinaria de Asociados del 16/03/2019 como consta en Acta. Asimismo, en la Asamblea General Extraordinaria de mayo de 2019 se informó de la firma del Convenio.
    3.1 Los considerandos y acuerdos son lo suficiente explícitos para justificar su motivación, resaltando:
    • Se trata de una sola comunidad, los Propietarios de SMM han desarrollado durante 43 años un sistema integrado de saneamiento: suministro de agua potable con instalaciones complejas y de desagüe, que funcionan con eficiencia y dos plantas de tratamiento de agua tratada y una red de distribución para riego.
    • Este sistema caracteriza a SMM como el único y orgulloso Distrito del Perú autogestionario en saneamiento integrado que cuenta con estas instalaciones desarrolladas por la propia comunidad. La APSMM tiene el personal técnico preparado y todas las instalaciones en perfecto estado de operación y mantenimiento.
    • Por acuerdo con el MVCS y SEDAPAL, la MDSMM recibirá 24 lt/seg de agua para riego y la APSMM otros 24 lt/seg. Un caudal enorme. Es racional, eficiente y de beneficio de la comunidad de SMM, que una administración única esté a cargo de las redes de agua para riego, ya existentes.
    • La MDSMM y la APSMM están obligadas a suscribir un Convenio Específico con SEDAPAL en forma conjunta y en la misma forma hacer los trámites ante la ANA.
    • Las inversiones para adecuar el sistema de riego actual serán realizadas por la APSMM. Solo la primera etapa alcanza entre S/ 200,000.00 y S/ 417,000.00, presupuesto que tenemos que ver cómo reducir. Esta adaptación se justifica porque cambia el origen del recurso, en lugar de las dos PTARs instaladas en el Cerro Centinela se recibirá el agua tratada en la nueva PTAR en las instalaciones construidas por el Proyecto PROVISUR.
      La MDSMM asumirá el 75% de los costos cuando solicite ampliar la red y la APSMM el 25% restante, y solo el costo del medidor cuando solicite un nuevo servicio en la red actual (Reglamento de Servicios de la Asociación).
    • La tarifa por los servicios de la APSMM a la MDSMM no ha sido fijada y será acordada en Adenda a firmar cuando se aproxime el comienzo del Convenio.
    • La MDSMM recibirá el servicio sin necesidad de invertir; la APSMM seguirá haciendo lo que sabe hacer y aprovechando las instalaciones que han sido financiadas a través de los años con el aporte de sus Asociados, es decir, de todos los vecinos. TODOS ganan en Santa María del Mar.

    • 3.2 El origen del actual Convenio se remonta a la Escritura Pública del 12/10/1977, mediante la cual, la MDSMM recibe de la Urbanizadora CIBSA las obras de habilitación urbana que operaba desde el inicio de la construcción del Balneario, incluidas todas las instalaciones para el suministro de agua potable y desagüe, quien, a su vez, transfiere éstas últimas en operación-administración a la APSMM, “dada su imposibilidad de asumir los servicios”. Esta solución fue acordada en el Cabildo Abierto del 19/03/1977. Por dicha EP, CIBSA transfiere las instalaciones de agua potable, tales como: Pozo de Chilca, ducto de 5km hasta Pucusana, instalaciones en el terreno de Pucusana, ducto de impulsión de 10km hasta SMM, equipos, motores, válvulas, rompecargas y demás. Asimismo, los ductos de distribución y desagüe en SMM. En el mismo acto se salva la responsabilidad de la Asociación dado que algunas instalaciones tienen un uso de veinte años, presentan deficiencias y requieren inversiones
      Desde el principio hasta la fecha, la APSMM ha realizado todas las inversiones para repotenciar y aumentar la vida útil de los equipos e instalaciones, sustituirlas, asegurar los servicios y ampliar las redes de distribución a medida que crecía la población. Inicialmente mediante cuotas extraordinarias de los Asociados y posteriormente mediante una contribución denominada canon: cobro por el cual cada terreno (por m2 de superficie) y construcción (por m2 de área a construir) pagan dicha contribución a la Asociación al beneficiarse de la factibilidad de agua y desagüe, que fueran sustentadas por los Propietarios que los antecedieron.
      3.3 Las instalaciones de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) para saneamiento y generación de agua para riego, comienza a construirse en los últimos años del siglo pasado y en el año 2002 se pone en operación la PTAR No. 1.
      Posteriormente, en el año 2012 se pone en operación la PTAR No. 2. La red de distribución se sigue ampliando y está en proceso de aumento el riego por goteo. TODAS éstas inversiones han sido realizadas exclusivamente por la Asociación.
      3.4 Con fecha 26/11/2015 el MVCS, SEDAPAL, la MDSMM y la APSMM suscribieron un “Acta de Trato Directo” mediante la cual, la APSMM transfirió al MVCS la titularidad de la infraestructura de saneamiento existente en el DSMM, a fin de facilitar la licitación del Proyecto PROVISUR.
      Actualmente SEDAPAL administra las dos PTARs y la APSMM provee los servicios de agua potable, desagüe y agua tratada para riego. Otros antecedentes posteriores figuran detallados en los considerandos del Convenio de Administración del Agua Tratada para Riego del 18/03/2019.
      Mediante carta No. 18-2019-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS se le comunica a la Asociación que se ha aprobado el trámite de reconocimiento de la devolución a la Asociación de todas las instalaciones y redes de agua potable en el DSMM e igualmente de todas las instalaciones de agua potable para riego, tan pronto el Proyecto PROVISUR entre en operación.
      Se confirma de esta manera que todas estas instalaciones quedarán a disposición de un sistema de distribución de agua tratada para riego de la Asociación, rediseñado repotenciado y que se ampliará progresivamente.
  4. Se trata de un Contrato de Administración de un Sistema de Redes para Riego ya existente, que pertenece a todos los Asociados que también son los vecinos cuyos servicios administra la Municipalidad. Se tiende a aprovechar lo más posible este valioso recurso que generará el Proyecto PROVISUR y evitar su descarga al mar, como preveía el Proyecto originalmente
    El Alcalde y los señores regidores firmantes pertenecen a la misma comunidad que aporta los bienes a ser administrados y el Convenio defiende los mismos intereses, de todos los vecinos.
    No existe entonces, conflicto de intereses sino una sinergia de esfuerzos orientados a un bien común para la misma colectividad, los vecinos del Distrito de Santa María del Mar.

Las instituciones se deben a sus administrados, a sus Asociados y a los que requieren servicios. No hay aquí intereses particulares, ni conflictos de intereses, se refleja transparencia   y como debe ser administrados los recursos siempre escasos: con racionalidad, con los principios de la economía y la eficiencia y cumpliendo los requisitos legales. Los documentos adjuntos demuestran una extensa y laboriosa tarea para llegar a donde estamos hoy. 

CON ESTE CONVENIO SE BENEFICIAN TODOS EN SANTA MARÍA DEL MAR. 

ANEXO: documentos sustentatorios que se adjuntaron al informe, los cuales se encuentran a disposición de los Asociados en las oficinas de la APSMM

  1. Escritura Pública del 12 de octubre de 1977 ante el Notario Felipe de Osma. La APSMM asume los suministros de agua y desagüe de SMM con todas sus instalaciones a esa fecha.
  2. Convenio de Cooperación Interinstitucional del 05 de noviembre de 2013 suscrito entre el MVCS, SEDAPAL, MDSMM y APSMM.
  3. Acta de Trato Directo entre el MVCS, SEDAPAL, MDSMM y APSMM del 26 de noviembre de 2015.
  4. Acta de Entendimiento entre el MVCS, SEDAPAL, MDSMM y APSMM del 28 de abril de 2017. Modificaciones al Proyecto PROVISUR y acuerdos sobre agua tratada para riego.
  5. Acta de Cierre de Trato Directo entre MVCS, SEDAPAL y CODESUR (Concesionario del Proyecto PROVISUR) del 28 de agosto de 2017. Se reconocen y aprueban los acuerdos del Acta citada en el punto 4 y otros acuerdos.
  6. Acta No. 06 de la Sesión Ordinaria de la MDSMM del 15 de marzo de 2019. Aprueba tres Convenios entre la DSMM y la APSMM, entre ellos el Convenio de Administración de Agua Tratada para Riego.
  7. Convenio sobre el Uso de las Redes de Distribución de Agua Tratada para riego suscrito entre la MDSMM y la APSMM el 18 de marzo de 2019.
  8. Carta No. 18-2019-VIVIENDA-VCMS/DGPPCS del 28 de mayo de 2019 donde se acuerda la devolución a la APSMM de las redes e instalaciones de agua potable y de las instalaciones equipos y redes de distribución de agua tratada para riego.
  9. Acta de Entrega – Recepción PROVISIONAL No. 0115-2018/SBN-DGPE-SDPE del 10 de agosto de 2018, mediante la cual la Superintendencia de Bienes Naciones (SBN) entrega en custodia y administración provisional un predio a la empresa TROTAN. 
  10. Carta del 02 de diciembre de 2019, en la que, la Junta Directiva de la Asociación transcribe a la Empresa TROTAN la denegatoria de la factibilidad de agua y desagüe por no disponer de título de propiedad.

Anexo:

Carta N° 18-2019 del MVCS donde las distintas dependencias de SEDAPAL; DG Administrativa y la DG de Proyectos y Programas del MVCS reconocen que los bienes de saneamiento son de propiedad de la APSMM, comprometiéndose a su devolución.

Santa María del Mar, 25 de febrero de 2020
LA JUNTA DIRECTIVA
2018-2020

COMUNICADO N° 2020 – 02

INVERSIONES 2019

Estimados Asociados:

Nos es muy grato informales sobre las inversiones realizadas durante el año 2019, las mismas que ascendieron a S/ 195,288.00 comprometidos, de los cuales se desembolsaron S/155,355.00.

1. EN MEJORAS DE INSTALACIONES Y SERVICIOS:

1.1 Riego por goteo de pinos. En marzo y abril de 2019, se instaló con inversión de la Asociación por S/ 20,425.05 y la instalación de un motor de 10 HP de su propiedad, el sistema de riego por goteo para recuperar los pinos del ingreso y salida de Santa María. 
 
Se puso en operación en abril de 2019 y los resultados están a la vista, la gran mayoría de los árboles, que estaban sin riego, han revivido y están rejuvenecidos.

1.2   Reparación completa de la Bomba No. 1 de Pucusana, con un costo de S/ 36,408.68. Se aseguró el funcionamiento de las dos bombas que permiten abastecer a SMM. La No. 2 había sido reparada completa en 2018.
 
Cabe destacar que por Convenio con CODESUR, el Concesionario del Proyecto PROVISUR, aportó el 70% del costo para asegurar que sus requerimientos de agua para el Proyecto tuvieran seguridad de operación continua.

1.3   Instalación de un variador de velocidad en el Pozo de Parca. Este equipo de 100HP tiene por finalidad controlar y reducir la velocidad de operación del equipó de bombeo, reducir las partículas en suspensión en el agua potable y ahorrar energía   
 
Su costo alcanzó a US$ 4,460.00 equivalente a S/ 15,728.00.

1.4  Reemplazo por Hierro Dúctil (HD) de 96 ml muy deteriorados, con roturas y pérdidas frecuentes, en la bajada y subida de la zona de Santa Teresa. Esta es la continuación de los cerca de 2,000 ml también de HD, que parten desde la planta de rebombeo de Pucusana y que alcanza los 170 msnm, para descender por gravedad hasta SMM.
 
La inversión alcanzó los S/ 29,991.00.

1.5   Compra de bote salvavidas y motor nuevos. Se encargó la construcción de un bote salvavidas Zodiac, por un monto de S/ 14,828.00. Asimismo, un motor marca Suzuki de 30HP por $ 4,400.00.

En un trabajo tan sensible, cuando la vida y la salud de los bañistas está en juego, era muy importante mejorar y asegurar los servicios de salvataje en verano a cargo de la Asociación.
 
Total: S/ 30,669.00.

El verano anterior el motor del bote con motor de 20 HP tuvo fallas frecuentes y terminamos la temporada con motor prestado y el jebe del bote con muchos y frecuentes parches y reparaciones mayores. Se tratará de vender como bien usado.

1.6  Adquisición de Selenoide para el rebombeo de Pucusana S/ 2,180.00.
 
Total de inversiones en equipos y mejoras: S/ 135,401.73. Totalmente pagados. 
  

2. EN ESTUDIOS TÉCNICOS EN BENEFICIO DEL DISTRITO:
 

2.1  Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Santa María del Mar. La Asociación además de participar activamente en la puesta en marcha de los contratos respectivos, contribuyó comprometiendo con firma de urbanismo y arquitectura URVIA del Arquitecto Raúl Flórez, la suma de S/ 37,053.00 para que se ejecute la recopilación de data básica, estadística, información relevante y seleccione toda la base que permita ejecutar el Plan. Se adelantó la suma de S/ 15,281.00 y el saldo contra entrega del trabajo terminado.
 
Este documento se estará poniendo a disposición de la Municipalidad, que ha contratado a dichos consultores para la ejecución del Plan propiamente dicho.
 
Participan en la revisión de los avances del trabajo el Alcalde, miembros del Consejo Consultivo y el Director de Desarrollo Urbano de la MDSMM. 

Se espera tener antes del fin del verano el Informe del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito para su análisis y aprobación en el Concejo Municipal.

2.2 Proyecto de aprovechamiento del agua tratada por el Proyecto PROVISUR para el Distrito de Santa María del Mar.  Se contrató a la firma Gradiente del Ing. Sanitario Elvis Rojas, el rediseño y desarrollo del abastecimiento y red de distribución de agua tratada para 48 litros por segundo proveniente de PROVISUR, en la suma de US$. 6,774.50 equivalente a S/ 22,830.00, de los cuales se ha desembolsado S/ 6,849.00 y el saldo de acuerdo al avance. 
 
Cabe destacar que SEDAPAL incumplió con el acuerdo asumido en el Acta de Entendimiento firmado por el MVCS, SEDAPAL, la APSMM y la MDSMM de realizar un proyecto de bombeo y distribución de agua tratada a los cuatro Distritos (Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo y Santa María) que debería ejecutarse y poner en marcha junto con el Proyecto PROVISUR. Al finalizar el año 2019 no ha realizado ni siquiera un perfil que podamos disponer. Por ello, nuestro enfoque fue estar listos para recibir agua tratada directamente de la Planta de PROVISUR y ahora todo ha quedado en suspenso.

Total comprometido en estudios: S/ 59,883.00. Desembolsado en 2019: S/ 22,130.00.

TOTAL GENERAL: Comprometido S/ 195,288.00 Desembolsado S/ 155,355.00.

Santa María del Mar, 18 de febrero de 2020

LA JUNTA DIRECTIVA
2018-2020