COMUNICADO N° 01 2020 – Administración de la APSMM PADRÓN ELECTORAL: FORMULARIO DE ACTUALIZACIÓN DE DATOS

Estimados Asociados:

La  Administración de la APSMM, en cumplimiento de sus funciones y su  compromiso de dedicar sus mejores esfuerzos en la actualización del Padrón Electoral en concordancia con el punto 3 del Comunicado N° 06-2020 emitido conjuntamente por el Comité Electoral y  la Junta Directiva,  pone a disposición de los asociados que no hayan registrado recientemente su información personal en nuestro sistema, el siguiente formulario para la actualización de sus datos, con el objetivo de contar con un padrón electoral actualizado para las elecciones de la próxima Junta Directiva a desarrollarse de manera virtual el día 16 de enero de 2021.

Pueden acceder al formulario en el siguiente link:
https://forms.gle/1NcG6HSYj64dfSRx6

Los datos proporcionados por esta vía serán corroborados con los registros de la Administración, la que certificará que los asociados estén debidamente registrados (habiendo acreditado la propiedad de un predio en nuestro distrito) y estén al día en sus pagos. Ambas condiciones son indispensables para ejercer el derecho a voto. El formulario de actualización de datos estará abierto hasta 24 horas antes de la fecha de cierre del padrón electoral.

Invitamos a los asociados a compartir este comunicado y el enlace al formulario con otros asociados, quienes, por no tener sus datos actualizados en nuestro sistema, pudieran no recibir los boletines de la APSMM.

Lima, 28 de diciembre de 2020
​LA ADMINISTRACIÓN 


ASOCIACIÓN DE PROPIETARIO DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR COMITÉ ELECTORAL COMUNICADO N°06-2020

El Comité Electoral y la Junta Directiva de la APSMM, luego de una reunión conjunta cumplen con informar a los asociados los siguientes acuerdos tomados:

  1. Que de acuerdo a la evaluación realizada al padrón electoral así como las condiciones mínimas técnicas necesarias para el adecuado funcionamiento de la plataforma electoral virtual, se ha decidido que la nueva fecha para la Asamblea Extraordinaria no presencial, para la elección de Junta directiva, se realizará el sábado 16 de Enero de 2021.
     
  2. Se ha conformado un equipo de trabajo conjunto, entre el Comité Electoral y 3 miembros de la Junta directiva, con único objetivo completar el Padrón Electoral lo máximo posible para que de este modo los asociados puedan ejercer su derecho a voto de manera efectiva. Le corresponde a la Administración recopilar todos los cambios y certificar que los asociados estén hábiles (sin deuda), con tal motivo la Administración de la APSMM, está comprometida a desplegar todos sus esfuerzos para actualizar los datos que faltan en el Padrón Electoral en el más breve plazo. Los 3 miembros de la Junta Directiva designados apoyaran esta gestión.
     
  3. Para que el objetivo descrito en el numeral anterior sea los más efectivo posible, se implementaran sistemas de recolección de datos para que se comuniquen los asociados que deseen actualizar la información necesaria para ejercer su voto virtual. Se comunicarán oportunamente y en ese sentido hacemos un llamado a los asociados para que colaboren en este proceso.
     
  4. El Comité Electoral, en sus facultades de autonomía, ha decidido instalar un centro de asistencia y votación virtual en un lugar, por definir, del distrito de Santa María del Mar. El cual incluirá unas computadoras puestas a disposición de aquellos asociados que por alguna razón quisieran hacer uso de su derecho a votar y requieran alguna asistencia técnica. La Junta Directiva deja constancia que no está de acuerdo con dicho centro de votación, por cuanto las normas de emergencia nacional y los protocolos de bioseguridad no permitirían reuniones públicas. Por ello, la Junta Directiva se considera totalmente relevada de responsabilidad legal y/o práctica.
     
  5. Las listas que postulan a la Junta Directiva podrán acreditar personeros ante el Comité Electoral, quienes una vez acreditados, entre otras cosas, puedan dejar constancia de sus observaciones o reclamos para que figuren en el acta de sufragio con fe notarial, que formará parte del Acta de la Asamblea Extraordinaria.

Finalmente queremos aprovechar la oportunidad para, en estas fiestas de paz, unión y reflexión, revalorar las cosas simples que dábamos por hecho, y así disfrutemos de nuestra familia y amigos y que el próximo año nos brinde salud, bienestar y así poder ayudar a ser una sociedad más empática y solidaria. Feliz Navidad y Prospero Año 2021.

Lima, 25 de diciembre de 2020.
EL COMITÉ ELECTORAL                    LA JUNTA DIRECTIVA

COMUNICADO N° 2020 – 42 ACTA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2020

21 de noviembre de 2020

Estimados Asociados:

Les enviamos el resumen del Acta firmada de la Asamblea General Ordinaria 2020 No Presencial, llevaba a cabo del 21 de noviembre de 2020, el mismo que podrán encontrar en la página web (www.apsmm.org.pe, opción menú/blog) de la Asociación. La Asamblea fue controlada por el Notario Dr. Jaime Tuccio, quien suscribe el Acta ya registrada en el Libro de Actas.

La versión grabada se está transcribiendo, dado que la Asamblea duró 04 horas demorará unos días más. Una vez impresa y firmada, será puesta a disposición de los Asociados en la Web de la Asociación.

JUNTA DIRECTIVA 2018 – 2020
Santa María del Mar, 23 de diciembre de 2020

ARCHIVO ADJUNTO: Acta AGO 21-11-2020 Poderes de Representación

COMUNICADO N° 2020 – 41 FELIZ NAVIDAD Y NUEVO AÑO 2021

Estimados Asociados:

La Junta Directiva de la APSMM los saluda cordialmente por la proximidad de las fiestas de fin de año, para desearles una Feliz Navidad y un Año Nuevo 2021 con salud y alegría.

Que todo sea lo mejor para cada asociado y vecino de Santa Maria del Mar, cuidémosnos para mantener la salud, que se ha demostrado que es uno de los bienes más valiosos que disponen los seres humanos. Lo demás vendrá por añadidura.

Que Dios los bendiga a cada uno y a sus hogares. 

Respecto al proceso electoral, mañana tendremos una reunión no presencial con el Comité Electoral y esperamos llegar a los acuerdos necesarios para culminar con las elecciones, esperamos en el mes de enero de 2021, lo más pronto posible y que continúe la marcha institucional.

Que la Paz sea con ustedes y con sus familias.

JUNTA DIRECTIVA
2018 – 2020

Santa María del Mar, 22 de diciembre de 2020

ASOCIACIÓN DE PROPIETARIO DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR COMITÉ ELECTORAL COMUNICADO N°05-2020

El Comité Electoral pone de conocimiento a los asociados la carta remitida a la Junta Directiva, en respuesta y relación a su Carta 2020-50 recibida el día 21 de Diciembre de 2020.


Santa María del Mar, 21 de diciembre de 2020

Señor
Ricardo Trovarelli Vecchio
Presidente APSMM
Presente.-

De nuestra consideración:

Acusamos recibo de su comunicación del 20 de los corrientes. Previamente, le recordamos que el artículo 35° del Estatuto reconoce que el Comité Electoral es un órgano autónomo en la toma de sus decisiones y es el encargado de organizar, conducir y controlar el proceso de elecciones de la Junta Directiva de la Asociación. Realizada esta precisión, le señalamos lo siguiente: 

  1. Efectivamente, el 31 de diciembre de 2020 vence el plazo establecido en el D.U. N°100-2020 para la realización de Asambleas Generales de Asociados en forma virtual; por lo que, corresponde aplicar la previsión del artículo 23° del Estatuto, en caso no se prorrogue el plazo por el Gobierno. 
  2. De acuerdo con los artículos 13° y 34° del Estatuto, la convocatoria a la Asamblea General de Asociados para la elección de la Junta Directiva la realiza la Junta Directiva con la intervención del Comité Electoral. 
  3. Conforme al artículo 7° del Estatuto, la Asociación lleva un Libro de Registro de Asociados (Padrón de Asociados) en el cual se inscribirán todos los asociados; en el que conste el nombre, actividad, domicilio, fecha de admisión, con indicación expresa de los que ejerzan cargos de administración o representación y el tipo de propiedad que tienen en el Distrito. Llevar en orden el Padrón de Asociados es de responsabilidad del Secretario y Tesorero, bajo la cautela del Presidente de la Junta Directiva, en atención a lo previsto en los artículos 30°, literal d), y 31°, literal e), del Estatuto. 
  4. En cualquier proceso electoral, sea presencial o virtual, el Padrón de Asociados es la garantía del derecho de voto de los asociados; por lo que, no hay motivo para que el indicado Libro no se haya encontrado conforme. De acuerdo a su función, el Comité Electoral es responsable del proceso electoral y, por lo mismo, debe asegurar que el 100% de los asociados ejerzan efectivamente su derecho a voto. 
  5. Como es de su conocimiento, el Comité Electoral requirió a la Junta Directiva para observar estrictamente el cumplimiento del Estatuto en lo que se refiere a la organización, conducción y control del proceso electoral, recibiendo una respuesta positiva. Sin embargo, la Junta Directiva no discierne entre su gestión administrativa y la organización del proceso electoral; desde que, cualquier aspecto que tenga que ver con esto último, es de competencia exclusiva del Comité Electoral, como es el caso de las coordinaciones ejecutivas con la empresa proveedora Asix S.A. (Asix Online). Empresa que ha emitido opinión técnica sobre la precaria situación del padrón Electoral, que no permitiría el funcionamiento adecuado de la plataforma de votación virtual, impidiendo que alrededor del 30% de los electores hábiles puedan ejercer su derecho a votar. 
  6. No existe ningún sesgo de parcialidad. Al contrario, lo que existe es la observancia del fiel cumplimiento de las disposiciones estatutarias; a las que, también, está obligada la Junta Directiva, más aún cuando muchos de sus integrantes son candidatos en el proceso electoral. 

Finalmente, el Comité Electoral advierte que en su comunicado la Junta Directiva que preside desconoce el Estatuto, al pretender realizar una convocatoria sin la intervención del Ente electoral, y que sigue invadiendo su competencia exclusiva, cuando dispone una reprogramación de la elección y otras medidas que son de la propia organización y conducción del proceso electoral. En ese sentido, le exhorta a que se abstenga de cometer una infracción estatutaria que deba ser de consideración de la Asamblea General de Asociados.

Atentamente,
EL COMITE ELECTORAL