El Comité Electoral, en primer lugar, lamenta las molestias, ajenas a nuestra voluntad, que pudiera haber causado la suspensión de la Asamblea General Extraordinaria de Asociados no presencial, convocada para llevar a cabo el acto eleccionario virtual mediante la plataforma contratada por la Junta Directiva a la empresa ASIX S.A., del mismo modo informa lo siguiente:
Que, conforme al artículo 35 del Estatuto, el Comité Electoral es un órgano autónomo en la toma de sus decisiones y es el encargado de organizar, conducir y controlar el proceso de elección de la Junta Directiva.
Que, habiéndose iniciado la Asamblea y evidenciado problemas técnicos en la plataforma de votación que no permitían el inicio del acto electoral; luego de un tiempo más que razonable de espera y ante nuestros reclamos, habiendo ya decidido suspender el acto electoral, la información recibida de los representantes de la empresa ASIX en el sentido que la raíz del problema técnico se debía a cambios “funcionales” hechos a última hora, sin conocimiento del Comité Electoral, nos evidencio adicionalmente que no había las mínimas garantías operativas para la emisión transparente del voto virtual por todos los asociados.
Que, la situación descrita en el numeral anterior, ha sido reconocida por carta enviada el 16 de los corrientes por la empresa ASIX S. A., en la que admiten que el motivo del “problema técnico ocurrido que hizo imposible la votación del 16 de enero en el horario pre-establecido”, se debió a la instalación de una “nueva funcionalidad de seguridad que no había sido probada por el Comité Electoral”.
Al amparo de nuestra autonomía y facultades estatutarias procederemos a solicitar información más detallada y hacer una investigación sobre lo acontecido, cuyos resultados informaremos oportunamente.
Por tales hechos y consideraciones, el Comité Electoral en pleno acordó suspender la Asamblea Extraordinaria no presencial, por no reunir las garantías mínimas necesarias.
Lima, 17 de enero de 2021
EL COMITÉ ELECTORAL